Maribel Suárez Mancha

miércoles, 17 de julio de 2013

PROYECTO DEL PROCESO DE EVALUACIÓN DEL DESEMPEÑO DEL PERSONAL ADMINISTRATIVO Y OBRERO DE LA ULA



El Proyecto que publicamos a continuaciÓn fue presentado por el Rector de la Universidad de Los Andes, Porf. Mario Bonucci, el lunes 15 de Julio de 2013 para estudio y revision del Consejo Universitario.

PROYECTO DEL PROCESO DE EVALUACIÓN DEL DESEMPEÑO
DEL PERSONAL ADMINISTRATIVO Y OBRERO DE LA
UNIVERSIDAD DE LOS ANDES



INTRODUCCIÓN

Las Instituciones Universitarias son organizaciones complejas cuyo funcionamiento depende de la proactiva participación de todos los miembros del personal que la componen. De allí, que deba revisarse permanentemente el funcionamiento organizacional, permitiendo con ello la capacitación constante y oportuna de quienes laboran en estas instituciones, con miras a garantizar la eficacia y eficiencia que debe orientar la actuación de toda institución pública.

La Universidad de Los Andes, consciente  que el recurso humano que la conforma es el principal activo con el que cuenta, asume en medio de las dificultades presupuestarias que atraviesa, el reto de llevar a cabo un proceso de evaluación del desempeño de su personal administrativo y obrero, que le permitirá conocer las debilidades y fortalezas de quienes prestan servicio en esta casa de estudios. Este proceso consiste en un examen metódico del desempeño de la persona en el trabajo, para evidenciar capacidades y debilidades que inciden directamente sobre la productividad y sobre el fin principal de nuestra Institución: la academia.  Es un proceso imprescindible en la actividad administrativa, además de incentivo para los trabajadores universitarios, el cual permite implantar planes adecuados para las necesidades de la Institución y  los mismos trabajadores, esto es, un proceso que ayude a perfeccionar la calidad del desempeño laboral del personal Administrativo y Obrero y que de igual manera garantice una prestación de servicio óptimo a toda la población universitaria. La evaluación permitirá determinar cómo se están desempeñando los trabajadores en sus cargos y comunicar a los empleados planes de mejora, para los cambios necesarios del comportamiento, actitud, habilidades o conocimientos en beneficio de la Institución.

Entendiendo que uno de los mecanismos para garantizar la oportuna capacitación del personal, el derecho de los trabajadores a superarse y optar por cargos con mayores responsabilidades y mejor remuneración (ascenso) se materializa a través de la evaluación del desempeño, es fácil advertir que estos procesos deben realizarse de manera frecuente, en lapsos de tiempo relativamente cortos. Algunas normas nacionales fijan a las instituciones la periodicidad en la que debe realizarse la evaluación del desempeño. Un fiel ejemplo de ello es la Ley del Estatuto de la Función Pública venezolana que señala en su artículo 58 que: “La evaluación deberá ser realizada dos veces por año sobre la base de los registros continuos de actuación que debe llevar cada supervisor y otras normas de carácter sublegal como los Convenios Colectivos que hacen vida en nuestra Institución establecen la obligación de realizarse anualmente.

Sin embargo, es oportuno señalar que el último proceso de evaluación de desempeño realizado en la Universidad de Los Andes se llevó a cabo en el periodo 2006 - 2007, por lo que se hace necesario establecer los mecanismos a los fines de garantizar esa permanencia en el proceso de evaluación y dar cumplimiento con las normas legales y sublegales que lo prevén.  

DEFINICION.

El concepto de evaluación de desempeño es una tarea básica y fundamental de la Dirección de Personal, entendida como un proceso  riguroso que posibilita una adecuada gestión de recursos humanos mediante la obtención de información de la  contribución que ha realizado cada trabajador en un periodo determinado a la consecución de los objetivos de la Universidad. 
La evaluación del desempeño puede definirse como un proceso sistemático y periódico de análisis que permite  determinar la eficacia con que los trabajadores han llevado a cabo su cometido y funciones en la Universidad. Por otro lado, la evaluación de desempeño permite realizar un pronóstico del potencial de la persona evaluada, así como un  indicador de necesidades de formación.

JUSTIFICACIÓN.

La presente Evaluación de Desempeño esta dirigida al personal administrativo y obrerode la Universidad de Los Andes,como instrumento de gestión universitaria que permite medir el nivel de desempeño de dicho personal; así como tomar medidasque permitan corregirfallasy/o faltas en el desempeño y promover el estimulo en aras de enervar los defectos por intermedio del conocimiento objetivo de sus fortalezas y debilidades.Este procesoconforme a la Ley del Estatuto de la Función Pública y a las distintas Convenciones Colectivas de Trabajo vigentes, que se han suscrito con los diferentes gremios que hacen vida en nuestra institución, reviste  carácter obligatorio; por lo que constituye deber fundamental de la parte empleadora darle cumplimiento al mismo.

OBJETIVO GENERAL.

Evaluar el nivel de actuación de los trabajadores en el desempeño de las funciones, actividades y/o tareas en el cargo, con el fin de obtener información que permita la optimización del  talento  humano en función de los objetivos y metas de la Institución y a la vez establecer criterios que sirvan de base para las políticas en función de una sana  Administración de recursos humanos.

OBJETIVOS ESPECÍFICOS.

     Evaluar el desempeño de los trabajadores  administrativos y obreros en sus cargos.
     Integrar resultados individuales con resultados por área funcional y organizacional.
     Obtener información objetiva para fundamentar la toma de decisiones con respectos a acciones administrativas como: promociones, reubicaciones, traslados, méritos, adiestramiento, capacitación y/o  medidas correctivas.
     Estimular y motivar a los trabajadores, dándoles a conocer aspectos positivos y negativos de sus actuaciones con el fin de brindarles la oportunidad de mejorar su desempeño, así como la aplicación de medidas correctivas.

MARCO LEGAL.

La Evaluación de Desempeño para el personal administrativo y obrero, se fundamenta en normas de rango constitucional,  legales, sublegales y procedimientos internos, que regulan el desarrollo del proceso de evaluación, las cuales se enuncian a continuación:
     Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
     Ley Orgánica del Trabajo, de los Trabajadores y las Trabajadoras.
     Ley del Estatuto de la Función Pública.
     Ley de Universidades.
     Ley Orgánica de Procedimientos Administrativos.
     Ley Orgánica de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control Fiscal.
     Ley Contra la Corrupción.
     Convenio Colectivo de Trabajo ULA-AEULA 1998- 1999 vigente. Convención Colectiva de Trabajo entre la Universidad de Los Andes y el Sindicato Regional de Profesionales Universitarios de la Universidad de los Andes, para los Estados Mérida, Táchira y Trujillo 1999 – 2000 SIPRULA vigente.
     Convención Colectiva de Trabajo 1994 – 1995 SOULA vigente.
     Convenio Colectivo de Trabajo SAGEM vigente.
     Convención Colectiva de Trabajo deriva de Reunión Normativa Laboral  Personal Administrativo –  2008 -2010 para las Universidades Nacionales.
     Convención Colectiva de Trabajo derivada de Reunión Normativa Laboral  Personal Obrero 2008 -2010 para las Universidades Nacionales.
     Manual Descriptivo de Cargos Administrativos de las Universidades Nacionales, Tomo II al VII y Normas Específicas del mismo Manual, Tomo I, OPSU-CNU.
     Manual Descriptivo de Cargos Personal Obrero y Normas Específicas del mismo Manual, OPSU-CNU.
     Resolución de Consejo Universitario Nº CU-0302/13 de fecha 18.02.2013
     Normativa General del CNU ratificada en Sesión Ordinaria celebrada el 28 de enero de 2003.

DESCRIPCIÓN DE FACTORES DE ACTUACIÓN A EVALUAR.

Conocimiento del Cargo: Los conocimientos, habilidades y destrezas necesarias que debe poseer el trabajador para el mejor desempeño en el cargo, a fin de generar los servicios con la oportunidad y calidad requerida.

Conocimiento: Se entiende por conocimiento aquella información adicional que el individuo debe poseer para poder realizar adecuadamente el trabajo, tal como procedimientos, normas, prácticas del trabajo, leyes, reglamentos, políticas, teorías, conceptos, principios y procesos.

Habilidades: Está referida a las acciones orientadas hacia el uso del intelecto que le son requeridas al ocupante del cargo para el desempeño de determinadas tareas con eficiencia.

Destrezas: Se entiende por destrezas la capacidad psicomotora o capacidad para ejecutar acciones orientadas hacia el uso de las manos o partes motoras que el ocupante del cargo debe poseer para desempeñar eficientemente determinadas tareas.

Toma de decisiones: Capacidad de responder oportunamenteante situaciones previstas o imprevistas, decidiendo en forma rápida, efectiva y pertinente aplicando políticas y normas establecidas, y asumiendo responsabilidades y riesgos.

Calidad de Trabajo: Capacidad de efectuar con exactitud, confiabilidad y presentación oportuna las actividades de trabajo que le son asignadas.

Organización del Trabajo: Capacidad para interpretar y aplicar con eficiencia los métodos y procedimientos del trabajo.

Iniciativa: Capacidad del trabajador para aportar y concretar ideas útiles y oportunas, que permitan el mejoramiento continuo de los procesos para alcanzar los objetivos establecidos.

Confidencialidad:Se define como el grado de discreción y responsabilidad por la protección de la información o datos que se maneja en el cargo. Se mide por el nivel de acceso y divulgación de la información que se maneja en el puesto de trabajo.

Responsabilidad y Disciplina: Grado en el que se cumple con los objetivos y metas de la unidad de trabajo y en que se acatan las normativas establecidas. Conservación, uso y mantenimiento de los bienes materiales concedidos a su área, así como la correcta utilización de los recursos asignados.

Puntualidad y Asistencia: Mide el cumplimiento del horario de trabajo y jornada laboral establecida por el Consejo Universitario.

Trabajo en Equipo: Disposición a participar activamente en grupos de trabajo, aportando el esfuerzo necesario para alcanzar los objetivos y las metas programadas.

Relaciones Interpersonales y Comunicación: Habilidad para establecer y mantener relaciones interpersonales con sus superiores, compañeros y público en general. Habilidad para exponer clara y precisa las ideas, y trasmitir información.

Otros factores a evaluar no incluidos en el manual descriptivo de cargos:

Compromiso con los principios de la organización: Conducta ajustada a las normas, procedimiento y principios de la organización (imparcialidad, autonomía, idoneidad, transparencia, excelencia y celeridad).

Comunicación efectiva: Habilidad para trasmitir, recibir y comprender información, instrucciones e ideas en forma verbal y/o escrita de manera clara, precisa y oportuna.

Proactividad: Capacidad y actitud para desarrollar actividades por cuenta propia al anticiparse a situaciones o circunstancias laborales en forma efectiva, con un mínimo de instrucciones y sin necesidad de supervisión continua.

Cantidad de trabajo: Volumen de trabajo producido efectivamente, en relación a los requerimientos del cargo, tiempo, normas, criterios establecidos y recursos disponibles.

Capacidad de análisis: habilidad para identificar todas las partes y detalles de una situación o problema, jerarquizar los componentes, apreciando sus conexiones, formulando soluciones precisas relevantes.

Capacidad de síntesis: habilidad para determinar los componentes de una situación o problema concretando aspectos relevantes.

Actualización profesional: Interés demostrado en mantenerse al día en los conocimientos relacionados con su actividad profesional, fortaleciendo de ese modo el desempeño de sus funciones.


Criterios de Afinidad y Equivalencia de Educación y Experiencia

Criterios de Afinidad de Educación: Se considera educación formal o afín, aquella cuyo contenido programático se relaciona altamente con los conocimientos, habilidades y destrezas requeridas para el desempeño del cargo el cual se evalúa a un aspirante.

Criterios de Afinidad de Experiencia: Se considera que una experiencia adquirida en uno o más cargos es afín al cargo para el cual se evalúa a un aspirante, cuando la misma contiene tareas relacionadas con el área de desempeño de dicho cargo.

Criterios de Equivalencia.

Equivalencia de Educación por Experiencia: El criterio de equivalencia de educación por experiencia, se utiliza cuando el aspirante no posee el tiempo de experiencia exigido en los requisitos mínimos de las alternativas de ingreso, pero posee educación formal afín y adicional a la exigida en los requisitos de educación del cargo; por lo que ésta puede compensar o ser equivalente al tiempo de experiencia faltante.  Este criterio se utiliza siempre que esta educación cumpla el criterio de afinidad y se hará  equivalente en un determinado tiempo de experiencia.

Equivalencia de Experiencia por Educación: Este criterio se utiliza cuando la educación formal del aspirante está dentro del nivel exigido en los requisitos, pero no ha logrado completar el número de años de educación requeridos, sin embargo, posee un tiempo de experiencia adicional que le ha permitido adquirir a través de la práctica, conocimientos, habilidades y destrezas relacionadas con el área de desempeño, y que puede ser equivalente a la educación faltante.

Equivalencia de Experiencia por Experiencia: Este criterio de equivalencia de experiencia por experiencia, se utiliza cuando la educación que posee el aspirante es la misma que exige el cargo para el cual se evalúa, pero no tiene la experiencia requerida por éste; sin embargo, ha desempeñado cargos que contienen tareas relacionadas con el que aspira ocupar, por lo que el tiempo de experiencia en el desempeño de estas tareas puede ser equivalente a la experiencia requerida por el cargo.
Nota: Estos criterios solo serán aplicados al personal administrativo y obrero que aspira un cargo superior del mismo grupo ocupacional o de carrera.
Cuando el cargo que aspire el trabajador exija bien en la alternativa “A” o en la alternativa “B” título profesional de carrera o de Técnico Superior Universitario, el criterio Experiencia por Educación no será aplicable para hacer valer la ausencia de  título profesional de pregrado o de Técnico Superior Universitario. 





TABLA DE EQUIVALENCIAS

Experiencia por EducaciónFormal:

     Título de Doctor EQUIVALENCIA: Dieciocho (18) meses de experiencia profesional en el área.
     Título de Postgrado modalidad Maestría oEspecialización. EQUIVALENCIA: Doce (12) meses de experiencia profesional en el área.
     Curso post-técnico de dos (2) años de duraciónEQUIVALENCIA: Diez (10) meses de experiencia profesional en el área.

Experiencia por Educación (cursos de capacitación y adiestramiento)

     Curso en el área menor de veinte (20) horas. EQUIVALENCIA: menos de un (1) mes de experiencia en el área.
     Curso en el área de veintiún (21) horas hasta cuarenta (40) horas. EQUIVALENCIA: un (1) mes de experiencia en el área.
     Curso en el área de cuarenta y un (41) horas hasta sesenta (60) horas. EQUIVALENCIA: un (1) mes y medio de experiencia en el área.
     Curso en el área de sesenta y un (61) horas hasta noventa (90) horas. EQUIVALENCIA: dos (2) meses de experiencia en el área.
     Curso en el área de noventa y un (91) horas hasta doscientas (200) horas. EQUIVALENCIA: cuatro (4) meses de experiencia en el área.
     Curso en el área de doscientos una (201) horas hasta quinientas (500) horas. EQUIVALENCIA: seis (6) meses de experiencia en el área.
     Curso en el área de quinientas una (501) horas hasta novecientas (900) horas. EQUIVALENCIA: doce (12) meses de experiencia en el área.
     Curso en el área de novecientas una (901) horas hasta un mil quinientas (1500) horas. EQUIVALENCIA: dieciocho (18) meses de experiencia en el área.
     Curso en el área de un mil quinientas una (1501) horas y más. EQUIVALENCIA: veinticuatro (24) meses de experiencia en el área.





TERMINOLOGÍA O CONCEPTOS BÁSICOS.

Planilla de Evaluación: Instrumento de medición para el personal Administrativo y Obrero diseñada para llevar a cabo la Evaluación de Desempeño, la cual está integrada por los siguientes apartados:


1.    Datos personales del trabajador sujeto a evaluación.
Nombres y Apellidos.
Cédula de Identidad.
Fecha de Ingreso.
Cargo Nominal.
Dependencia /Facultad
Unidad o Departamento de adscripción.
Cargo o funciones que desempeña actualmente.
Tiempo en el cargo nominal.

2.    Información del Cargo.
Objetivo del cargo: Es la razón de ser del cargo dentro de la unidad y dentro de la Institución, lo que se espera obtener en su ejecución, en términos generales cómo lo logrará y para qué.

Objetivo de la unidad de trabajo: Es la razón de ser o finalidad de la unidad organizativa a la cual está adscrito el cargo. Se describen los objetivos según el Plan Operativo del año en curso.

3.    Principales funciones y/o actividades que desempeña el trabajador:Son aquellas que suelen desempeñarse con mayor frecuencia en el cargo. No debe entenderse que las tareas descritas en el Manual Descriptivo de clases de Cargos (OPSU), son las únicas que puede desempeñar el ocupante del cargo, pudiendo realizar otras tareas afines según sea necesario.

4.    Equipos que opera el trabajador: El uso de los materiales, maquinarias, accesorios, herramientas y equipos de computación e investigación que utiliza el trabajador para la ejecución de las funciones propias del cargo.

5.    Factores a evaluar: Involucra un conjunto de factores  a través de los cuales se aprecian los conocimientos, habilidades, valores, comportamientos, hábitos y disposición a realizar las funciones del cargo.

6.    Comentarios del evaluado: El personal sujeto a evaluación puede incluir comentarios positivos o negativos, acuerdos o desacuerdos y sugerencias  respecto al proceso de evaluación del que fue objeto.

7.    Comentarios del evaluador: El responsable de la evaluación debe ser congruente y equitativo en las observaciones, las cuales debe describir de forma clara y breve indicando la manera de mejorar los procesos de trabajo.

8.    Firmas: Con el objeto de corroborar la información y dar validez oficial a la Evaluaciónde Desempeño se asentarán, las firmas autógrafas del evaluado, del jefe inmediato del evaluado y del evaluador.

9.    Estímulos: Reconocimiento que recibe el trabajador universitario en base al resultado de la evaluación. Consiste en una promoción, bonificación única anual y reconocimiento a la calidad de desempeño.

10.  Portafolio de Evidencias: Documentación que contiene toda la información respecto al historial de desempeño del trabajador universitario dentro de su área laboral en el lapso a evaluar. Las aportaciones realizadas por el trabajador para mejorar los procesos de trabajo y/o proyectos de investigación. Mínimo debe contener el nombre del proceso y/o proyecto, breve descripción y firma del jefe inmediato superior.

11.  Evaluador: Responsable directo de la aplicación de la evaluación (supervisor inmediato) de acuerdo con las normas generales aprobadas para tal efecto.

12.  Evaluado: Todo el personal ordinario de la Universidadde Los Andes a nivel Obrero (de Servicio y Gráfico) y Administrativo (Apoyo, Técnico Superior Universitario y Profesional).

13.  Resultados: (Para uso de la Comisión Evaluadora)

ACCIONES ADMINISTRATIVAS QUE PUEDEN GENERARSE EN ELPROCESO DE EVALUACIÓN DE DESEMPEÑO:

Promoción o ascenso: Se determina la acción de promoción o ascenso que se encuentra vinculado a la eficiencia, disciplina y desarrollo de los conocimientos, destrezas y habilidades del funcionario, ubicando al trabajador en una clase de cargo de superior jerarquía o nivel. Esta se otorga a aquellos trabajadores que obtengan un desempeño denominado “SUPERÓ LAS EXPECTATIVAS” y de acuerdo a las exigencias del Manual Descriptivo de Clases de Cargos (OPSU).

Clasificación o Ubicación: Cuando un trabajador tiene una denominación de cargo que no se corresponde con las tareas que ejecuta, en este caso se evaluará para ser clasificado en el cargo que corresponda con las mismas; si el cargo a ocupar es un cargo del mismo grupo clasificatorio al que pertenece, debe poseer la educación y experiencia requeridas en alguna de las alternativas contenidas en la descripción del cargo para el cual se evalúa, si se trata de un cargo que pertenece a un grupo clasificatorio distinto al del cargo que ocupa, deberá cumplir con el requisito de educación y experiencia exigido en la alternativa "A" del cargo al que se aspira. A excepción de los cargos del personal de apoyo, para los cuales, por necesidades institucionales, se podrá aplicar la alternativa “B”.

Adiestramiento y Capacitación:Se aplica cuando se observe debilidades o deficiencias en los conocimientos, habilidades y/o destrezas en un trabajador en el desempeño de sus funciones. El adiestramiento al que será sometido para superar las debilidades observadas, deberá basarse en lo tipificado para cada factor en la descripción del cargo en el Manual Descriptivo de Clases de Cargos (OPSU). La detección de necesidades de adiestramiento en este caso se hará a través del Programa de Adiestramiento y Capacitación.

Medidas Correctivas: Se aplica a aquellos trabajadores que obtengan un desempeño “POR DEBAJO DE LA EXPECTATIVA”;por lo que es necesario hacer una revisión particular de su actuación, a los fines de buscar estimular al trabajador-evaluado en aras que mejore su rendimiento en otras áreas de su conocimiento, por lo que puede ser objeto de: “Reubicación” en otra área donde pueda aplicar sus conocimientos y experiencia; “adiestramiento y capacitación”, “traslado” y si el caso fuere muy grave e incorregible lo indicado en estos caso es aperturar un procedimiento tendente a determinar responsabilidad cuyo resultado sería una“sanción disciplinaría”. Dependiendo de la acción administrativa a aplicar, la Dirección de Personal, por intermediode los Departamentos de Desarrollo de Personal, Higiene y Seguridad, Asuntos Legales y el Programa de Adiestramiento y Capacitación, realizarán un estudio Técnico Laboral de todos los casos que estén en este rango.

Bonificación única: Corresponde al pago de un monto único sin incidencia salarial, que recibe el trabajador, que habiendo superado las expectativas en el desempeño de sus funciones, actividades y/o tareas, no puede optar a un cargo superior por cuanto ya alcanzo el último nivel de su ruta de promoción o no cumple con los requisitos que exige el manual descriptivo de cargos para ser promovido a un cargo superior.
El valor de este pago único sin incidencia salarial se otorgará con base al salario minino nacional decretado por el Ejecutivo Nacional, vigente al 01 de enero de 2013 y de la siguiente manera:

     El equivalente a un (1) Salario Mínimo para el personal que ocupen cargos de que se encuentren ubicados en las escalas de salarios 1 y 2; es decir, obrero y/o administrativo de apoyo.

     El equivalente a dos (2) Salarios Mínimo para el personal que ocupen cargos ubicados en la escala de salario 3; vale decir, Técnico Superior Universitario.

     El equivalente a tres (3) Salarios Mínimo para el personal que ocupe un cargo de los ubicados en la escala de salario 4; es decir, Profesional de carrera larga.

No serán acreedores de este pago único sin incidencia salarial, los trabajadores que en este proceso de Evaluación de Desempeño hayan sido objeto de: ascenso o promoción, regulación de status indistintamente que la acción administrativa haya generado incremento salarial.


PONDERACIÓN DE LOS RANGOS DE DESEMPEÑO:


El resultado del Sistema de Evaluación de Desempeño estará determinado por la sumatoria de los puntos obtenidos en la sección de " Funciones desempeñadas por el Trabajador" más la puntuación obtenida en la sección de "Factores de Actuación del Trabajador", debiendotomarse en cuenta los aportes del trabajador.

TABLA DE PONDERACIÓN DE LOS RANGOS DE DESEMPEÑO



Superó las Expectativas: Cuando el desempeño del trabajador en su cargo, excede los objetivos propuestos, además que sus aportes generalmente se destaca y reconoce como logros resaltantes de la Institución.

Cumplió Expectativas: Cuando el desempeño del trabajador en su cargo corresponde con las funciones del mismo.

Por Debajo de las Expectativas: Cuando el desempeño del trabajador en su cargo no satisface el cumplimiento de sus funciones.

PUNTUACIÓN DE LA EVALUACIÓN DEDESEMPEÑO:

Principales Funciones que desempeña el trabajador: Esta sección tendrá un valor total de 20 puntos máximo.

Rango: SUPERÓ LAS EXPECTATIVAS
20 PUNTOS
Rango: CUBRIÓ LAS EXPECTATIVAS
15 PUNTOS
Rango: POR DEBAJO DE LAS EXPECTATIVAS
8 PUNTOS

El criterio a aplicar para la asignación de la puntuación dependerá del número de veces que el evaluador marque determinado rango.

Por ejemplo, si el evaluador marca en su mayoría el rango Cubrió las Expectativas, el evaluado obtendrá 15 puntos en esta sección.

Si el evaluador marca igual número de veces dos o tres rangos, al evaluado se le otorgará la puntuación que más le favorezca.

Si la Dirección de Personal detecta que el trabajador describió las funciones que desempeña tal cual como están descritas en el Manual Descriptivo de Cargos, esta sección será anulada, por lo tanto no obtendrá ninguna puntuación en la misma.


DESCRIPCIÓN DE LA PLANILLA PARA LA VALORACIÓN Y APLICACIÓN DE LA EVALUACIÓN DE DESEMPEÑO:

Planilla de Evaluación de Desempeño: Instrumento de medición para el personal administrativo y obrero, elaborado para llevar a cabo la valoración del trabajador universitario.

La planilla debe llenarse con bolígrafo (negro o azul), en letra de molde, y sin enmiendas. Al momento de llenar la planilla se debe tener todo la atención que el caso amerita, toda vez, que la misma no debe contener tachaduras, correcciones ni enmiendas, de ser así, dicho instrumento estará afectado para su validez y no podrá ser procesado. La planilla requiere de la siguiente información:

Parte I.Datos del Trabajador: Colocar los datos exactos del trabajador; nombres y apellidos, cédula de identidad, fecha de ingreso, cargo nominal (el que aparece en el Estado de Cuenta), dependencia o facultad donde efectivamente se desempeña, unidad o sección de adscripción, cargo que desempeña actualmente el trabajador y tiempo en el cargo nominal.

Parte II: Información del Cargo.

Objetivo del cargo: Redactar claramente la razón de ser del cargo dentro de la unidad donde se desempeña, lo que se espera obtener en su ejecución, en términos generales ¿cómo lo logrará? y ¿para qué?.

Objetivo de la unidad de trabajo: Redactar claramente la razón de ser o finalidad de la unidad organizativa en la que se desempeña, en términos generales ¿Qué se hace en esta unidad?, ¿Cómo se hace? y ¿Para que se hace?.

Parte III: Principales funciones y/o actividades que desempeña el trabajador: Redactar en forma clara, precisa y concreta las actividades que suelen desempeñarse con mayor frecuencia. Describa las funciones y/o tareas relevantes y habituales que responda a la siguiente pregunta: ¿qué hace? y ¿como !o hace?.

Si la Direcciónde Personal detecta que el trabajador describió las funciones que desempeña tal cual como están descritas en el Manual Descriptivo de Cargos, esta sección será anulada, por lo tanto no obtendrá ninguna puntuación en la misma.

Parte IV: Factores de Actuación a Evaluar: Señalar el conjunto de factores a través de los cuales se evalúa los conocimientos, habilidades, valores, comportamientos, puntualidad, hábitos y disposición a realizar las funciones del cargo. Leer cuidadosamente el factor a evaluar a fin de ubicar en forma precisa la casilla correspondiente al rango de actuación del trabajador. También se debe leer cuidadosamente cada uno de los cuatro (4) rangos de actuación en los cuales se divide cada factor y determinar aquel que según la supervisión realizada el trabajador identifique la actuación del mismo. Se debe marcar con una "X" el recuadro que corresponda. No debe marcarse más de un rango para cada factor.

Parte V: Equipos que utiliza: Se debe describir en forma clara y precisa los materiales, máquinas, accesorios, herramientas y equipos de computación e investigación que utiliza el trabajador en el desempeño del cargo.

Parte VI:Comentarios del Evaluado: El trabajador puede redactar brevemente los aspectos que puede mejorar, para así desarrollar con eficiencia y eficacia sus funciones, así como sus sugerencias e inconformidades en el desarrollo de sus funciones. El trabajador podrá incluir comentarios positivos o negativos, acuerdos o desacuerdos, respecto al proceso de evaluación del que fue objeto.

Parte VII: Comentarios del Evaluador: El supervisor inmediato puede redactar en forma breve y clara, las aportaciones importantes que el evaluado haya realizado y que se reflejen en una mejora de sus procesos de trabajo. Debe ser congruente en las observaciones.

Parte VIII Ausencias temporales: Comprende  el motivo de la ausencia temporal del evaluado y el lapso: REPOSO MÉDICO: lapso______________, PERMISO REMUNERADO. Lapso: ___________, PERMISO NO REMUNERADO. Lapso:______________ OTROS (especifique)____________: Lapso. ____________

Parte IX: Firmas y fecha: Comprende las firmas del evaluado, el evaluador (jefe inmediato) y Máxima Autoridad de la Unidad Administrativa, para darle validez a la evaluación de desempeño.

No debe faltar ninguna de estas firmas en la planilla de Evaluación del trabajador; en caso de faltar una de ellas la planilla será devuelta al lugar de origen. Se debe colocar la fecha exacta en que sea firmada la planilla.

Anexosque deben acompañar la Planilla:

Portafolio de evidencias:Conformada por la documentación que contiene toda la información respecto al historial de desempeño del trabajador universitario dentro de su área laboral en el último año. Los aportes realizados por el trabajador para mejorar los procesos de trabajo y/o proyectos de investigación, los cuales deben contener el nombre del proceso y/o proyecto, breve descripción y firma del jefe inmediato.

NORMAS GENERALES PARA LA  EVALUACIÓN DE DESEMPEÑO PARA EL PERSONAL ADMINISTRATIVO Y OBRERO:

Primera Fase.

1.    La Dirección de Personal dirigirá, coordinará y supervisará todo lo relativo a la implantación y desarrollo de la Evaluación delDesempeño del Trabajador Universitario.
2.    La Evaluación delDesempeño del trabajador universitario se llevará a efecto anualmente, tal como lo prevén las convenciones colectivas de Trabajo suscritas por los distintos gremios que hacen vida en la institución y que se encuentran en plena vigencia.  
3.    El presente proceso de Evaluación del desempeño entraráen vigencia a partir del 01 de enero de 2013, previa aprobación por parte del Consejo Universitario.
4.    La Evaluación de Desempeño correspondiente al año 2013 se realizará considerando la actuación del trabajador durante el periodo comprendido del 01.01.2012 hasta 31.12.2012 para ser efectiva a partir del 01 de enero de 2013.
5.    La Evaluación del Desempeño es de obligatorio cumplimiento a todos los niveles jerárquicos de la Institución, es decir, todos los jefes o supervisores inmediatos,son responsables de velar por el cumplimiento de las normas de Evaluación del Desempeño y de evaluar a cada uno de los trabajadores bajo su supervisión.
6.    El ámbito de aplicación de la presente Evaluación delDesempeño está dirigida a todos los trabajadores administrativos y obreros ordinarios y contratados que se encontraban ejerciendo funciones (activo) durante el período a evaluar, es decir, 01 de enero hasta el 31 de diciembre de 2012.
7.    La presente Evaluación de Desempeño deja sin efecto cualquier resolución, procedimiento y/oformulario o planilla que colida con lo establecido con estas normas.
8.    La Evaluación del Desempeño la realizará el supervisor inmediato y debe ser avalada por la Máxima Autoridad de la Unidad Administrativa donde presta servicio el trabajador.
9.    El supervisor inmediato está obligado a realizar la evaluación en el  lapso previsto en el cronograma de actividades aprobado por el Consejo Universitario. En el supuesto que el supervisor inmediato no pueda practicar la evaluación de desempeño durante el lapso establecido en el documento aquí referido, la Evaluación del Desempeño la realizará la Máxima Autoridad de la Unidad Administrativa correspondiente del trabajador dentro del lapso fijado a tal efecto.
10.  Para realizar la Evaluación del Desempeño es necesario que el evaluador tenga un mínimo de seis (6) meses continuos supervisando el personal objeto de evaluación. En caso contrario, la evaluación debe realizarla conjuntamente con el supervisor anterior, y en caso de ausencia de este, con la Máxima Autoridad de la Unidad Administrativa.
11.  El trabajador  evaluado debe estar activo durante el lapso a evaluar (01.01.2012 al 31.12.2012), además de estar ejerciendo de manera continua funciones, actividades y/o tareas del cargo que aspira durante los últimos seis (6) meses de dicho lapso.
12.  Los trabajadores que se encuentren en situación de suspensión de la relación de trabajo, bien por motivo de estudios, reposo médico, permiso remunerado o no remunerado, comisión de servicio, licencia sindical a tiempo completo, entre otros,  durante el periodo a evaluar, serán evaluados en el proceso de evaluación de desempeño siguiente, siempre y cuando estén activos y desempeñando efectivamente las funciones durante el lapso mínimo establecido en el numeral 10º de las presentes normas.
13.  El trabajador evaluado debe conocer el resultado de la evaluación que se le practicó, así como los comentarios del supervisor inmediato y en caso que este conforme debe proceder a la firma de la planilla correspondiente. En caso de no estar de acuerdo con la evaluación que se le realizó, el trabajador en un lapso de diez (10) días continuos contados a partir del día siguiente que tuvo conocimiento de los resultados de la evaluación, solicitará por escrito al evaluador la revisión correspondiente, exponiéndole por escrito los motivos, razones y alegatos de su inconformidad. El evaluador, recibido el reclamo, revisará las observaciones y dará respuesta por escrito al evaluado en un lapso de tres (3) días hábiles contados a partir del día hábil siguiente en que recibió el escrito de reclamo. Transcurrido este lapso sin que el supervisor inmediato haya dado respuesta al trabajador, se entenderá ratificado los resultados iniciales. En ambos casos la planilla de evaluación de desempeño se debe remitir a la Dirección de Personal dentro del lapso establecido en el cronograma de actividades aprobado por el Consejo Universitario a tal efecto, con todos los soportes de las respuestas que se haya dado al trabajador inconforme con la evaluación, la cual formará parte integrante de la planilla y el supervisor deberá indicarle al trabajador que su desacuerdo será elevado a la Comisión Evaluadora.
14.  La Dirección de Personal recibirá las planillas de Evaluación de Desempeño  dentro del lapso fijado en el cronograma de actividades aprobado por el Consejo Universitario, en la Unidad de Recepción de documentos de esa Dirección, la cual deberá sellar y firmar el acuse de recibo e indicar el nombre legible, cargo y fecha de quien recibe, de manera que el administrador que consigna se lleve el respaldo de haber cumplido dentro del lapso legal establecido con el cronograma. Ahora bien, el oficio de remisión que hace el administrador de cada dependencia debe contener la siguiente información: a) número de Planillas que consigna yb) identificación completa de cada trabajador cuya planilla de Evaluación de Desempeño entrega.
La remisión de las planillas se debe hacer en una sola remesa. La Dirección de Personal no recibirá planillas en fecha posterior a la fijada en el cronograma de actividades aprobado por el Consejo Universitario, ni planillas consignadas por trabajadores, en caso de suceder esto, serán devueltas a la  unidad de administración correspondiente; por cuanto esta actividad es exclusiva de la Unidad de Administración Desconcentrada de cada Facultad, Dependencia y/o Núcleo. Solo se recibirán planillas cuando el trabajador demuestre que el motivo de haber consignado extemporáneamente obedece a una causa fortuita o de fuerza mayor, en tal caso el lapso para presentar la planilla es de cinco (5) días contados a partir del día siguiente al vencimiento de la fecha programada en el cronograma de actividades para llevar a cabo esta gestión.
15.  Una vez finalizado el lapso de recepción de las planillas, se procederá  en el día hábil siguiente, a instalar la Comisión Evaluadora en una oficina de la Dirección de Personal que se adecuará para el mejor funcionamiento de la misma, toda vez que en esta dependencia se encuentra la información necesaria (expedientes) referente al personal administrativo y obrero objeto de evaluación.
16.  La ComisiónEvaluadora estará conformada por un equipo multidisciplinario, quienes tendrán la responsabilidad de revisar, procesar y decidir sobre todos y cada uno de los casos presentados por el personal universitario a través de la planilla Evaluación del Desempeño.
17.   La Comisión Evaluadora estará conformada de la siguiente manera:
     Un representante de la Dirección de Personal, nombrado por la Directora de Personal.
     Un (1) representante de la dependencia, facultad. Núcleo o extensión donde preste servicio el trabajador, nombrado por la máxima autoridad de la dependencia, facultad, núcleo o extensión. Cuando se trate de trabajadores en comisión de servicio remunerada dentro de la Universidad, deben ser evaluados por el jefe inmediato donde presta servicio el trabajador y por la máxima autoridad de la dependencia, facultad, núcleo o extensión, donde este adscrito el trabajador evaluado.
     Un (1) representante del gremio con cualidad para representar al trabajador-evaluado,
Como asesores de los miembros de la comisión evaluadora:
     Un (1) representante del Servicio Jurídico,nombrado por la Directora de dicha dependencia.
     Un (1) representante del Rector, nombrado por dicha autoridad rectoral.
Todos los miembros de la Comisión Evaluadoratendrán derecho a voz y voto,  tendrán sus respectivos suplentes, quienes actuaran en ausencia del titular.
Los representantes del Servicio Jurídico y del Rector actuaránen calidad de  asesores, con derecho a voz y tendrán sus respectivos suplentes.
18.  Al momento de la instalación de la Comisión Evaluadora deben estar presente tanto los miembros principales como los suplentes, todos debidamente acreditados.La Comisión Evaluadora se constituirá mediante un acta que se levantará a tal efecto, a los fines de dejar expresa constancia de la instalación de la referida Comisión, documento que serásuscrito por quienes la integran y debe contener la siguiente información: fecha y hora de instalación, identificación de los miembros presentes que conforman la Comisión, quienes deben estar debidamente acreditados (Autorización suscrita por persona con cualidad para delegar), plan de trabajo, cronograma de actividades con indicación expresa de días y horas de reunión, estableciendo la metodología que van a utilizar a efecto de cumplir con esta misión encomendada. Esta Comisión deberá trabajar ajustada estrictamente al cronograma aprobado, sin dilaciones innecesarias, salvo casos generados por hechos sobrevenidos, de fuerza mayor o caso fortuito.
19.  Los representantes de los Núcleos y Extensiones y sus respectivos representantes gremiales, deberán trasladarse al Núcleo Mérida para formar la ComisiónEvaluadora correspondiente a fin de realizar la revisión de cada trabajador adscrito al Núcleo o Extensión. Los viáticos que se generen por este traslado deben ser cubierto con el presupuesto de cada Núcleo o Extensión.
20.  Atribuciones de la Comisión Evaluadora:
     Estudiar, analizar y pronunciarse sobre cada caso objeto de evaluación, siguiendo las pautas establecidas en las presentes normas.
     Verificar que las planillas hayan sido consignadas dentro del lapso previsto para tal fin.
     Estudiar los casos excepcionales de recepción de tardía de planillas a los fines de comprobar si el motivo que generó la consignación extemporánea se debió a un caso fortuito o fuerza mayor. En el entendido que la consignación no puede ser posterior a cinco (5) días hábiles siguientes del lapso indicado en el numeral 14º de estas normas.
     Velar que las funciones, actividades y/o tareas que describen en la planilla los trabajadores-evaluados, se correspondan con la realidad, verificando cabalmente que no sean  transcripciones literales delos Manuales Descriptivos de Cargos; por cuanto de ser así no se podrá valorar las mismas y en consecuencia no se le puede asignar puntuación a esta parte de la evaluación.
     Suscribir la planilla de cada caso analizado y evaluado.
     La Comisión Evaluadora para ejercer sus funciones dispondrá de una base de datos que contenga información laboral del personal objeto de Evaluación del Desempeño,que le suministrara la Dirección de Personal, de igual forma tendrá acceso a los expedientes que reposan en la Unidad de Registro, Control y Archivo de la respectiva Dirección.
     Devolver planillas que no estén suscritas por el trabajador, elsupervisor inmediato del trabajador y la máxima autoridad de la dependencia, facultad, núcleo o extensión.
     Realizar entrevistasa los trabajadores-evaluados, supervisor inmediato y máxima autoridad de la dependencia, facultad, núcleo o extensión, a los fines de ampliar información en aquellos casos donde el trabajador manifieste por escrito su inconformidad con respecto a los resultados de su evaluación.
     Cualquier otra actividad que sea necesaria a efecto de realizar mejor la misión encomendada.
21.  Si durante el año 2012, el trabajador recibió pago por concepto de “trabajo de índole distinta”y ahora con ocasión a estrictas necesidades de servicio, plenamente justificadas, se haya producido un cambio en las funciones, actividades y/o tareas, avaladas por el supervisor inmediato y el inmediato superior; el trabajador deberá ser evaluadocon base a las nuevas funciones en el presente proceso de evaluación.
22.  El personal jubilado y/o pensionado en el año 2012 no será objeto de Evaluación de Desempeño, debido a que el período a evaluar es el comprendido desde el 01.01.2012 hasta el 31.12.2012, por lo que es imprescindible tener la condición de personal activo durante dicho lapso.

Segunda Instancia.

Los trabajadores-evaluados que no estén conformes con los resultados de su evaluación, tienen el derecho de “apelar” de la decisión de la Comisión Evaluadora, por ante el “Comité de Apelación”, dentro del lapso establecido en el cronograma que a tal efecto hará y publicará por la página web de la Dirección de Personal la referida Comisión.

Comité de Apelación: Es la instancia que tendrá la responsabilidad de conocer, analizar y decidir en segunda instancia la apelación realizada por los trabajadores-evaluados en virtud de no estarde acuerdo con los resultados de la evaluación y tengan suficientes elementos de pruebas para fundamentar por escrito el reclamo.

El Comitéde Apelación analizará cada caso en particular y decidirá cada caso en particular, dando respuesta en un periodo no mayor de quince(15) días hábiles, contados a partir de la fecha de recepción de la solicitud.

Las decisiones del Comité deben ser informadas por escrito al trabajador y al evaluador con copia a la Direcciónde Personal.

El Comité de Apelación,  tendrálas siguientes competencias:

     Ratificar o no el resultado de la evaluación.
     Solicitar al evaluador toda la información requerida  para el análisis del  caso.
     Entrevistar al trabajador-evaluado, supervisor inmediato y la persona que funge como máxima autoridad de la dependencia, facultad. Núcleo o extensión.
     Verificar la situación del trabajador en el área de desempeño.
     Revocar y modificar el resultado de la evaluación previa justificación y con suficientes elementos de prueba; en este sentido se debe notificar por escrito al trabajador, al supervisor inmediato y a la Dirección de Personal.

El  Comitéde  Apelación  estará  integrado  por  cinco  (5)  representantes  con   sus respectivos suplentes, estos últimos actuarán en ausencia del titular, conformado de la siguiente manera:

     Un (1) representante de la Dirección de Personal, designado por la Directora de Personal.
     Un (1) representante de la dependencia, facultad, núcleo o extensión, nombrado por la máxima autoridad de la dependencia, facultad, núcleo o extensión donde labore el trabajador-evaluado. Cuando se trate de trabajadores en comisión de servicio remunerada, deben ser evaluados por el jefe inmediato donde presta servicio el trabajador y por la máxima autoridad de la dependencia, facultad, núcleo o extensión, donde este adscrito el trabajador evaluado.
     Un (1) representante de la organización gremial que tenga la legitimidad y la legalidad de representar al trabajador-evaluado.
     Un (1) representante del Servicio Jurídico, nombrado por la Directora de dicha dependencia.
     Un (1)  representante delRector, nombrado por dicha autoridad rectoral.

En la conformación del Comité de Apelación los representantes del Servicio Jurídico y del Rector actuarán en calidad de asesor con derecho a voz.

Los representantes principales y suplentesque conformen el Comité de Apelación deben ser distintos a los representantes de la Comisión Evaluadora.
RANGO:   “SUPERÓ LAS EXPECTATIVAS”:
[60 a 100]
PUNTOS
RANGO: “ CUMPLIÓ LAS EXPECTATIVAS”
[45 a 59]
PUNTOS
RANGO: “POR DEBAJO DE LAS EXPECTATIVAS”.
[15 a 44]
PUNTOS